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Ética y propiedad intelectual desde una perspectiva cubana (página 2)




Enviado por Nadia Alvarez



Partes: 1, 2

Hace referencia así mismo en su ponencia, a un
hecho ocurrido en Europa, que puede ilustrar hasta donde puede
llegar el desenfreno por proteger "la creación
intelectual" mediante el derecho de autor. Es el caso del artista
que diseñó las fuentes para la monumental Place de
Terreaux en Lyon y exigió los derechos de autor,
insistiendo en que todos los que tomen una fotografía de
la plaza deberían pagarle derechos de autor. El autor se
pregunta ¿y no le pagaron ya por haber diseñado las
fuentes? ¿Qué ha ido mal en nuestra sociedad para
que artistas como éste tengan suficientes agallas para
reclamar los derechos de la plaza entera? En abril de 2001 un
tribunal francés acordó que las postales de la
discordia no mostraban sólo las fuentes de marras, sino la
plaza entera, de la cual las fuentes eran una
característica más. Así pues, el artista
reclamante perdió y la idea de los derechos de autor en
Francia, no fue más allá, al menos en este
caso.

Ejemplos que pueden lindar con el absurdo y que dan fe
de que cuando se ponen en primer plano intereses
económicos, el límite de hasta donde se puede
llegar con el monopolio de los derechos de propiedad intelectual
no existe, abundan para desgracia de todos. Estos van desde la
protección del genoma humano por patentes, la
intención de expropiación del producto de los
conocimientos tradicionales, que hoy día es objeto de
fuertes debates en el seno de la OMPI y que se analiza en el
Comité Intergubernamental denominado "Propiedad
Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos
Tradicionales y Folclore", con vistas a asegurar
protección a las creaciones de los pueblos
indígenas y de su folclor.

En este sentido vale apuntar que esos
conocimientos han sido trasmitidos por esas comunidades
indígenas, de generación en generación, y
que por la explotación de que han sido objeto durante
siglos, que los ha llevado a su exterminio, se han ido
extinguiendo con sus propias comunidades. Sin embargo, hoy
día se busca que disfruten una protección para que
de algún modo no se pierdan, y surge la interrogante
¿es por medio de la propiedad intelectual que deben ser
protegidos?

"La elevación de barreras a la circulación
de conocimientos (en forma de patentes, secretos industriales u
otras) sacrifica eficiencia en aras de la propiedad privada, y
acabará convirtiéndose en una barrera al progreso
tecnológico mismo, impuesta por relaciones capitalistas de
producción que ya no se ajustan al nivel de desarrollo de
las fuerzas productivas nuevas.

Hay que prever que a medida que el conocimiento en
determinados sectores de la economía se transforma en un
componente directo de la cadena de valor, habrá cada vez
más transacciones comerciales sobre el conocimiento mismo,
y habrá que ir construyendo una teoría del valor
adecuada a esta nueva situación. Ello creará
crecientes contradicciones, consecuencia otra vez del intento del
capitalismo de tratar un bien común (el conocimiento) como
propiedad privada y como mercancía; pero aun deberemos
convivir un tiempo en el mundo real con estas
contradicciones.

Una masa grande de científicos y
tecnólogos competentes, motivados, y ante todo dotados de
una conciencia social que fundamente su compromiso con Cuba y con
el Socialismo, puede ser la palanca que en la nueva
economía invierta los términos del intercambio
desigual y genere un flujo neto de recursos de norte a sur , para
beneficio de toda nuestra
Sociedad."[15]

Todo ello sin dudas ocurre en este mundo neoliberal y
globalizado en que vivimos y en el que se desarrolla el
intercambio comercial en la actualidad, al que no escapa, como
hemos visto, la propiedad intelectual.

Cualquier investigador que tenga una ética,
cualquier hombre o mujer decente, no tiene dudas de que es
imposible sustraer el análisis de estos problemas al
contexto internacional en que vivimos y creamos, y que no podemos
cerrar los ojos a ese mundo real, y que la manera en que tenemos
que enfrentar ese mundo es muy distinta y desigual en distintas
latitudes y contextos sociales el Norte y del Sur. El Norte nos
impone reglas y nos las da por ciertas, seguras e infalibles y
nos obliga a acatarlas en condiciones bien desventajosas y
precarias para el Sur.

Sin embargo, no debemos perdernos en el entorno y
debemos tener bien claro que el principal problema ético
al que debemos enfrentarnos no es el de la producción
del conocimiento, sino el de la apropiación de sus
resultados
. El problema esencial acerca del cual llamamos a
todos a reflexionar es ¿quién es el propietario del
conocimiento que se genera y que se convierte en propiedad
intelectual, y a quién pertenecen los medios de
producción?.

La pregunta ¿a quién pertenece el
conocimiento?, parece a primera vista absurda. Choca con la
ética y con la cultura. Si algo es un producto netamente
social es precisamente el conocimiento, tan dependiente de la
cultura y del acervo precedente".[16]

La autora india, Vandana Shiva[17]en la
obra Proteger o Expoliar? Los derechos de Propiedad
Intelectual
, expresa:

"Los países industrializados especialmente
Estados Unidos, han utilizado los derechos de propiedad
intelectual (DPI) simplemente para ejercer la "coacción
política". A fines de la década de los setenta y en
los ochenta, el gobierno estadounidense admitió que estaba
surgiendo un serio distanciamiento tecnológico estructural
entre su economía y la de Japón. Por lo tanto, la
política fue dirigida a congelar, de un modo agresivo, la
ventaja artificial que seguía disfrutando la industria
estadounidense gracias a una política de DPI extranjeros
expansiva.

Leyes de patentes existen desde el renacimiento
italiano, y durante cierta etapa fueron realmente en beneficio de
la creación y el conocimiento. Sin embargo, "en la medida
que la generación de conocimiento nuevo, de
aplicación inmediata, fue pasando a ser un evento
cotidiano en muchos sectores de la producción y los
servicios, la cantidad de patentes depositadas se
multiplicó, la competencia obligó al
depósito precoz de patentes sobre invenciones carentes aun
de evidencia de utilidad práctica, las fronteras entre lo
obvio y lo no-obvio se borraron o se hicieron arbitrarias, y los
litigios se multiplicaron."[18]

Todo ello es el resultado de que el principal motivo
para depositar una patente era bloquear sectores técnicos,
sin que tuvieran ninguna intención de explotar la
invención. Como un manera de evadir y regular la
competencia y como un modo de negociar licencias, y por supuesto,
con el fin último de obtener jugosas e inmorales
ganancias.

El sistema de propiedad intelectual, tal como se aprecia
hoy día y la evolución que va llevando, y el modo
en que se negocia en el marco de los organismos internacionales
encargados del tema, además de injusto, es impracticable.
La práctica de la investigación científica
indica que la obtención de conocimiento nuevo se apoya en
el conocimiento precedente, he ahí una de las primeras
motivaciones de la protección por patentes, hacer
pública la creación y dar a la luz una
invención a cambio de poseer un monopolio temporal de esa
creación para su explotación. Sin embargo, hoy
día se observa que cuando una patente está llegando
al fin de su vigencia, se buscan los llamados nuevos usos, para
ampliar el período de protección y con ello hacer
imposible su paso al dominio público y que haya que seguir
negociando con sus titulares para su utilización.
¿Es eso realmente estímulo para la creación
intelectual tal como la concebimos desde nuestra óptica, o
un freno a la misma?

Hoy se reclama propiedad intelectual sobre resultados
científicos y obras artísticas que hace apenas unos
años hubiesen sido publicados y de libre acceso.
Así, cada vez más, cualquier investigador en
prácticamente cualquier proyecto, encontrará que
muchas piezas de conocimiento que necesita usar para llevar
adelante su proyecto, son ya propiedad de alguien, que tiene
derecho a excluirlo de su uso o a exigirle un pago.

La forma en que escandalosamente se pretende proteger
por patentes hasta la propia vida de las personas es
inimaginable, y rebasa la más fértil
imaginación. La citada autora Vandana Shiva, nos relata en
su libro el caso de un ciudadano norteamericano sometido a un
tratamiento contra el cáncer de bazo en el hospital de la
Universidad de California. En 1984, su médico
patentó su línea celular sin su consentimiento.
Más adelante, fue vendida al gigante de la industria
farmacéutica Sandoz. Las estimaciones sobre el valor de
ésta sobrepasa los 3,000 millones de dólares. Y nos
preguntamos nuevamente, ¿qué ha pasado en el mundo
que hasta el material genético de las personas puede ser
tratado como un simple objeto, y ser apropiado de manera
exclusiva y ponerlo en el mercado como una mercancía
más sin el más mínimo
escrúpulo?

Se ha calificado a los Acuerdos sobre los ADPIC como
"Ley de Cercado de los Conocimientos", que conduce a la
apropiación violenta y a una especie de
"acumulación originaria del conocimiento", hasta ahora
fruto común de la cultura y el intelecto creativo de
muchas personas".[19]

Suscribimos totalmente este punto de vista y abogamos
porque intercambios como éste nos permitan dejar en claro
esta realidad y trabajar de manera conjunta por rebasar esos
límites y poner los DPI en el lugar que merecen y donde
realmente pueden ponerse al servicio de la humanidad y de la
creación, y no de la propiedad privada y del
comercio.

Pero no podemos pecar de ingenuos y pensar que a esto se
llega espontáneamente y que la creación del hombre
nuevo en el socialismo es suficiente para encarar estas
realidades. Parafraseando a un querido y admirado trovador
cubano, el cantautor Silvio Rodríguez, cuyas palabras
pueden ser una expresión sintética de esa realidad,
que dice algo así "tener no es símbolo de malvado,
como no tener no es sinónimo de bondad".

Esta percepción implica responsabilidad. "Si bien
se equivoca (intencionalmente o no) el ideólogo neoliberal
que presupone que las fuerzas del mercado traerán una
mejoría en los indicadores de productividad
económica y estos generaran "después" una
mejoría en los indicadores sociales; también
sería ingenuo de nuestra parte suponer que la
inversión, que con toda justeza, solidaridad y altruismo
estamos haciendo en educación y cultura, y en el
desarrollo de nuestro capital humano, traerá como
consecuencia espontánea la articulación de la
ciencia con la economía y el desarrollo de la
producción material basada en el conocimiento y la alta
tecnología. La traerá sin dudas, pero el proceso no
es espontáneo: hay que dirigirlo".[20] Y
ahí es a donde vamos y a donde queremos llegar, pero hay
que trabajar de forma muy intensa y unida desde el sur para
lograr imponer nuestras realidades y voluntades
políticas.

Por último, queremos hacer una breve
reflexión acerca de los movimientos que en el campo del
derecho de autor se han venido suscitando en el mundo, me refiero
a los movimientos surgidos en el campo del uso del software
libre, tales como: crative commons, copyleft, entre otros. El
copyleft es el principio general, cuya aplicación
comenzó con el software libre, pero hoy en día es
abrazado por diversos proyectos, grupos y colectividades que han
desarrollado instrumentos jurídicos para hacer viable esta
cooperación en las distintas manifestaciones del arte y el
conocimiento.

Según los partidarios de copyleft, desde el punto
de vista legal el autor es el dueño y señor de su
obra y tiene, según la ley, pleno derecho a decidir
dónde, cuándo y cómo se publica y distribuye
y quién puede hacerlo. Si quiere dar libertad para que
copien y distribuyan sus obras, como ocurre con el copyleft,
pueden hacerlo.

Los usuarios, por su parte, pueden hacer copias de las
obras en casos muy contados, para uso personal, y pagando una
compensación a los autores en forma de canon que se impone
a cada cinta, disco compacto o DVD virgen que se vende, o a cada
fotocopia que se hace.

Experiencias como éstas deben constituir un reto
para los estudiosos de la materia, deben instaurar un elemento de
juicio importante para desde el ángulo y percepción
del autor comenzar a evaluar y cuestionar la validez ética
y jurídica de las normas en la materia, profundizando en
su estudio y evaluando su validez.

Para concluir queremos enfatizar las siguientes
ideas:

1. El derecho en materia de propiedad intelectual, como
rama del Derecho, se ha visto históricamente condicionado
en su evolución por los cambios en el decursar de la vida.
De manera especial, en las normas jurídicas en materia de
propiedad intelectual han incidido los cambios
tecnológicos, las invenciones en cualquier rama de la
técnica, que le han obligado a buscar soluciones a esos
retos. Este es un momento especial de desafíos, al que no
escapa Cuba, ni ningún otro país subdesarrollado y
estamos llamados a buscar soluciones jurídicas que
respondan y se correspondan con ese reto.

2. Los avances tecnológicos ponen en nuestras
manos los medios para desarrollar la creación. Los
límites y las reglas los ha estado poniendo el mercado, no
el derecho, ni en muchos casos las propias tecnologías.
Ese es un hecho que no debemos perder de vista y debe ser tenido
en cuenta de manera especial a la hora de hacer cualquier
análisis en nuestro contexto económico y
cultural.

3. Consideramos esencial y necesario analizar las
tendencias que en este campo se vienen desarrollando en el mundo,
y con las cuales tenemos importantes puntos de contacto, en
especial en la justeza de sus postulados, y la ética que
las promueve, y tenerlas en cuenta como un punto de vista
importante a la hora de formular nuestras soluciones
legislativas.

  • Shiva Vandana, ¿Proteger o Expoliar?. Los
    derechos de propiedad intelectual.

  • De las Heras Quirós, Pedro y González
    Barahona, Jesús M. " Y la información
    será libre… ¿o no?"

  • Declaración de Ginebra sobre el futuro de la
    Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
    http://peru.cpsr.org

  • "Declaración de la sociedad civil a la Cumbre
    Mundial sobre la Sociedad de la Información", Adoptada
    por unanimidad en Plenaria por la sociedad civil de la CMSI
    el 8 de diciembre de 2003.

  • Documento No. 2 de la Campaña CRIS,
    ¿Por qué los Derechos de Propiedad Intelectual
    importan a la Sociedad Civil? publicado el 28 de octubre de
    2003 en la Comunidad Web de movimientos sociales
    www.crisinfo.org Federación Internacional de
    Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA)
    "Limitaciones y excepciones al derecho de autor y derechos
    afines en el entorno digital: Una perspectiva internacional
    de las bibliotecas". www.ifla.org

  • Lipszyc Delia, Derecho de autor y derechos conexos,
    UNESCO, CERLALC, ZAVALIA, Buenos Aires, 1993.

  • Quéau, Philippe ¿A quien pertenecen
    los conocimientos? www.attacmadrid.org

  • Rendueles, César. Copiar, robar, mandar
    Archipiélago, nº 55, marzo de
    2003

  • Smier Joost, "Originalidad dudosa". Ponencia
    presentada en el II Campus Euroamericano de
    Cooperación Cultural, Diciembre 2001

  • Stallman, Richard, "El copyright contra la comunidad
    en la era de las redes de ordenadores" Conferencia
    pronunciada el 7 de julio de 2000 en la Universidad de
    Burdeos, www.gnu.org

  • Stallman, Richard, ¿Por qué Debemos
    Combatir a UCITA? www.gnu.org

  • Aris Papathéodorou, Propiedad intelectual,
    copyright, patentes.

  • La economia del conocimiento y el
    socialismo: Reflexiones a partir de la experiencia de la
    Biotecnología Cubana.  Dr. Agustin Lage Davila.
    Centro de Inmunologia Molecular, Cuba. Publicado en la
    Revista Cuba Socialista.

 

 

Autor:

Hortensia del Carmen Peón
Naranjo

Asesora Jurídica de la Presidencia de la
Fundación Alejo Carpentier

Nadia Álvarez Mainegra

Especialista en Marcas

Bufete CLAIM

[1] Diccionario de Filosofía,
Editorial Progreso, 1984

[2] Fernández Bulté, Julio, La
teoría del Estado y del Derecho. Carácter
Partidista.. Editorial Félix Varela, Cuba, 2004 .

[3] Jordán Quiroga, Augusto. El
Estado. Editorial Los amigos del libro. Cochabamba, Bolivia,
1997.

[4] Castro Ruz, Fidel. Mensaje a la XI
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y el
Desarrollo. La Habana, 13 de junio de 2004.

[5] Organización Mundial del Comercio,
Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual relacionados con el Comercio. IP/C/M/31, 10 de
julio de 2001.

[6] Ver cita anterior.

[7] Acuerdo sobre los Aspectos de los
Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio,
Acuerdo sobre los ADPIC, 1994

[8] Lage Dávila, Agustín,
“La economía del conocimiento y el
socialismo: Reflexiones a partir de la experiencia de la
Biotecnología Cubana” CUBA SOCIALISTA. Revista
Teórica y Política.Editada por el Comité
Central del Partido Comunista de Cuba.

[9] Lage Dávila, Agustín,
“La economía del conocimiento y el
socialismo: Reflexiones a partir de la experiencia de la
Biotecnología Cubana” CUBA SOCIALISTA. Revista
Teórica y Política.Editada por el Comité
Central del Partido Comunista de Cuba. 8. Idem ant.

[10] Ver nota 7

[11] Ver nota 8.

[12] Ver nota 8.

[13] Ponencia Originalidad Dudosa, presentada
por Joost Smiers, Centro de Investigación, Escuelas de
las Artes de Utrecht, en el II Campus Euroamericano de
Cooperación Cultural, Diciembre de 2001

[14] Ver cita anterior.

[15] Ver nota 8.

[16] Ver nota 9.

[17] Vandana Shiva, ¿Proteger o
Expoliar? Los derechos de Propiedad Intelectual

[18] Vandana Shiva, ¿Proteger o
Expoliar? Los derechos de Propiedad Intelectual

[19] Ver nota 8.

[20] Ver nota 8.

Partes: 1, 2
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